Lo básico de la versión CFDI 3.3 que necesitas saber

 

En 2010, muchas empresas se mantenían incrédulas ante la mención del Servicio de Administración Tributaria sobre el inicio de la facturación electrónica, sin embargo, los cambios sí ocurrieron y se fueron haciendo más rápidos con cada cambio. 

 

 

Posteriormente, en 2011 entró en vigor el CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), mientras que el 2014 surgieron los recibos electrónicos de nómina, y para el 2015 se inició con la contabilidad electrónica.

 

 

Ahora, en este 2017 los cambios llegaron y serán los más complejos que hemos visto hasta ahora, ya que tienen el objetivo de mejorar la calidad de la información recibida. La versión CFDI 3.3, que también contempla el nuevo complemento de recepción de pagos, será completamente obligatoria a partir del 1 de enero de 2018, gracias a una prórroga otorgada por la autoridad fiscal el pasado 22 de noviembre, y pondrá solución a problemáticas como: 

 

 

. Poca eficiencia en el proceso de facturación

. Complejidad en el cálculo de impuestos

. Estandarización en la información inexistente 

. Emisión de comprobantes a receptores inexistentes

 

 

Esta versión CFDI 3.3 cuenta con 22 nuevos formatos de estructura, 17 catálogos y 46 reglas de validación. 

 

 

– 22 campos. Entre los cuales destacan: uso de CFDI, régimen fiscal del emisor, número de registro tributario del receptor, uso de CFDI para el receptor, entre otros.

 

 

– 17 catálogos. Algunos de los más complejos son: código postal; clave en unidades de medida, y sobretodo clave- producto- servicio. Ahora se deberá elegir de entre más 50 mil códigos la clave del producto o servicio.

 

 

– 46 reglas de validación. Se añadieron 46 reglas, como: RFC del receptor registrado; zona horaria basada en el C.P. del emisor; régimen fiscal del emisor, entre otras.

 

 

Junto con esta versión CFDI 3.3 se integra el complemento de recepción de pagos, algo totalmente nuevo y con lo que las empresas mexicanas no habían trabajado anteriormente, será obligatorio hasta el 31 de marzo del 2018. Este nuevo complemento está pensado principalmente para dar solución a problemas que el SAT ha detectado con anterioridad, además que simplifica y facilita la conciliación entre los pagos, parciales o totales de facturas a crédito. 

 

 

Las desventajas del complemento de recepción de pagos serán el incremento del consumo de timbres y el número de operaciones y registros. Además, con su uso y una vez acreditado un cobro, imposibilitará la cancelación de facturas.

 

 

Israel Coto, director de la oficina Microsip en Ciudad de México, recomienda a los empresarios mantenerse atentos. “Los empresarios deben acercarse a su contador o sus asesores de sistemas, debes estar informados en todo momento, ya que estas reglas cambian todos los días. Además es recomendable que se cercioren de que sus sistemas administrativos estén actualizados y que cumplan en tiempo y forma con las regulaciones del SAT”, mencionó Coto. 

 

Redacción

 

 

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