3 aspectos por los que tienes que migrar a la 3.3 ¡ya!

 

El Servicio de Administración Tributaria realizó varias actualizaciones, por lo que los contribuyentes se enfrentan a varios retos y ¿por qué no decirlo? también tienen que resolver ciertas complicaciones.

 

La versión 3.3 de la facturación electrónica, misma que entró en vigor el primero de julio de este año, será obligatoria a partir del 1 de diciembre, es por esta razón que los contribuyentes no deben dejar la migración como lo último en su lista.

 

De acuerdo al SAT, el nuevo formato de la factura electrónica versión 3.3 cambia su componente técnico para mejorar la calidad de la información y fiscalizar de una manera más fácil a todos los contribuyentes.

 

Para los retos que esto representa para los contribuyentes, Gosocket explica algunas de las complicaciones:

 

. Software: las nuevas regulaciones impactarán tanto a los pequeños contribuyentes como a las PyMEs y hay que resaltar que algunas casas de software administrativo ya realizaron las actualizaciones correspondientes y están a disposición de sus clientes mediante el pago de una actualización.

 

Sin embargo, las empresas que tienen sus programas de facturación a la medida tendrán una complicación más grave que se reduce a un aumento en la inversión de costos, por la inmediatez en el cambio de software, así como un incremento en el tiempo que se destinarán para cuando tengan que migrar la información, lo que podría mermar en la rentabilidad de la empresa.

 

. Catálogos: uno de los requisitos más problemáticos es la integración de 14 nuevos catálogos , mismos que marcarán los códigos que deberán utilizarse para cumplir con las nuevas regulaciones.

 

Es importante mencionar que el más complejo es el Catálogo de Servicios y Productos, ya que el contribuyente tendrá que buscar el producto o servicio entre más de 50 mil opciones, y marcar en la factura electrónica el código asignado por el SAT.

 

Además, para el SAT es importante conocer cómo va a usarse los comprobantes, por lo que se creó un Catálogo que se conoce como uso del CFDI. El contribuyente debe preguntar al cliente por el uso que dará al CFDI y registrar en el documento alguna de las opciones autorizadas en el catálogo como son:

 

-Adquisición de mercancías

– Gastos en general

– Construcciones

– Cualquiera de las 22 opciones disponibles

 

En el caso de que el receptor le dé un uso diferente al comprobante del cual se registró inicialmente, éste no podrá cancelarse, pero tampoco afectará la deducción y acreditación de impuestos.

 

En el mismo orden de ideas, el SAT debe conocer las exhibiciones y el método de pago, para lo cual existe el Catálogo de Métodos de Pago, el emisor indicará si el servicio o producto se liquidará en un pago o en parcialidades.

 

Al respecto Edgardo Martínez, Director Comercial para México de Gosocket, explica que estas son algunas de las implicaciones que deben considerar los contribuyentes para comenzar desde ahora la migración de la facturación electrónica 3.3, para evitar retrasos en sus procesos tributarios y cumplir en tiempo y forma con el nuevo modelo que presenta el Servicio de Administración Tributaria.

 

Redacción

 

 

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