Ley de Reemprendimiento facilitará disolver una empresa

El pasado 25 de julio entró en vigor una reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles que habilita un proceso simplificado de liquidación y disolución de sociedades mercantiles.

También conocida como la Ley de Reemprendimiento, tiene como objetivo resolver una de las barreras que enfrentan los emprendedores de México para iniciar nuevos proyectos. Esta iniciativa impulsada por la Asociación de Emprendedores de México (ASEM) en el Senado de la República, en octubre 2017.

Antes de esta Ley, una persona debía invertir más de seis meses de trámites y hasta 60 mil pesos de costos notariales, lo que representa tres veces más de tiempo y dinero que abrirla. Con esta reforma, el procedimiento se realiza vía Internet sin costo y en un plazo de dos meses.

“Como país debemos crear las condiciones para que el emprendedor solo se preocupe en hacer realidad un negocio y consolidarlo para que genere empleo y desarrollo económico”, apuntó Fernando Mendívil, presidente de la ASEM y emprendedor. “Es absurdo seguir gastando dinero y tiempo en una empresa que dejó de ser productiva y creemos que esta ley impulsará el reemprendimiento en el país”, añadió.

De los emprendedores que han cerrado al menos una empresa, sólo el 12.3% han fromalizado el trámite ante notario. De ellos, el 70.6% pagó hasta 40 mil pesos y a 42.6% les tomó más de tres meses finalizar los trámites.

Esto obstaculiza la posibilidad de que estos vuelvan a emprender, además de enfrentar el miedo al cierre de una empresa lo que desincentiva el emprendimiento y perpetúa la informalidad.

Este miedo se fundamenta en datos del reporte “Esperanza de vida de los negocios en México” del INEGI, que indica que el 65% de las empresa quiebra o muere antes de cumplir cinco años de vida productiva, es decir, dos de cada tres empresas.

La Secretaría de Economía habilitó la plataforma “Cierra tu empresa” para realizar el procedimiento simplificado de cierre de empresas.

De acuerdo al portal, para cerrar una empresa de forma simplificada hace falta cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Socios o accionistas únicamente personas físicas.
  2. Sociedad realiza actividades lícitas.
  3. No se encuentre realizando operaciones, ni haya emitido facturas electrónicas en los últimos dos años.
  4. Estar al corriente de obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social.
  5. No hay deudas a terceros.
  6. Representantes legales sin procedimientos penales.
  7. No estar en concurso mercantil.
  8. No ser parte del sistema financiero.

Redacción

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