Uno de los factores que los pymempresarios hemos olvidado es que los activos fijos son una herramienta útil para deducir en nuestras organizaciones y no precisamente para favorecer la disminución del pago de impuestos, sino para que realizando un correcto control de nuestros activos podamos actualizarlos sin tener que desembolsar cantidades no planificadas o bien obteniendo como es el caso el beneficio que la ley nos otorga para mantenernos a la vanguardia.
La ley del impuesto sobre la renta, en su articulo 37, estable que: “Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión, con las limitaciones en deducciones que, en su caso, establezca esta Ley.”
El monto original de la inversión comprende, además del precio del bien, los impuestos efectivamente pagados con motivo de la adquisición o importación del mismo a excepción del impuesto al valor agregado, así́ como las erogaciones por concepto de derechos, cuotas compensatorias, fletes, transportes, acarreos, seguros contra riesgos en la transportación, manejo, comisiones sobre compras y honorarios a agentes aduanales. Tratándose de las inversiones en automóviles el monto original de la inversión también incluye el monto de las inversiones en equipo de blindaje.
Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente.
Cuando el contribuyente enajene los bienes o cuando éstos dejen de ser útiles para obtener los ingresos, deducirá́, en el ejercicio en que esto ocurra, la parte aún no deducida. En el caso en que los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos, el contribuyente deberá́ mantener sin deducción un peso en sus registros.
El artículo 38 establece como activo fijo: “…es el conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeriten por el uso en el servicio del contribuyente y por el transcurso del tiempo. La adquisición o fabricación de estos bienes tendrá́ siempre como finalidad la utilización de los mismos para el desarrollo de las actividades del contribuyente, y no la de ser enajenados dentro del curso normal de sus operaciones.”
Ahora entendiendo estos conceptos el artículo 40, nos deja muy en claro como realizar estas deducciones y cuales se consideran para el caso, siendo las más comunes las siguientes:
–10% para el equipo de comunicación, señalización y telemando
-Tratándose de aviones: 10%
–10% mobiliario y equipo de oficina
–25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques
–30% para computadoras personales de escritorio y portátiles; servidores; impresoras, lectores ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo
–100% para semovientes, vegetales, máquinas registradoras de comprobación fiscal y equipos electrónicos de registro fiscal
–100% para maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables
–100% para adaptaciones que se realicen a instalaciones que impliquen adiciones o mejoras al activo fijo, siempre que dichas adaptaciones tengan como finalidad facilitar a las personas con capacidades diferentes a que se refiere el artículo 222 de esta Ley, el acceso y uso de las instalaciones del contribuyente
Contemplar la deducción de los activos fijos nos permite en cierta medida, programar las compras de equipos, maquinarias y gastos en que incurriremos, de modo que si realizamos una planeación fiscal efectiva, podremos considerar un beneficio sustancial con respecto al pago de nuestros impuestos.
Por lo tanto, le recomiendo que se dedique a ser creativo, que utilice las herramientas que tiene a su alcance pero sobre todo aprenda a utilizar hojas de calculo, en principio pueden parecer un gran dolor de cabeza pero con el transcurso del tiempo y con su manejo podemos crear planeaciones que automáticamente nos permitan saber el estado de nuestros activos para poder reemplazarlos si es necesario, programar actualizaciones y compras que mantengan nuestra organización a la vanguardia, pero sobre todo conocer el estado real de cada uno de ellos, con tan solo consultar nuestros documentos.
Máster en Fiscal Juan Miguel Chávez Salcedo
Consultor Independiente
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Hola, en el caso de que sea una adaptación de una cámara de refrigeración a una camioneta se puede depreciar? en qué artículo de la LISR encuentro este fundamento?