En la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 se precisan disposiciones relativas a la entrega de contabilidad para personas morales.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó en su portal de internet el proyecto de la Segunda Resolución y sus anexos 1, 1 A, 2, 3, 6, 11, 14, 15, 18, 22, 23 y 24 que contiene, entre otras disposiciones, reglas sobre el cumplimiento de la disposición de entregar contabilidad en medios electrónicos.
Estas modificaciones contienen diversas reglas en materia de impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, que el SAT expide con el propósito de “facilitar” al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
De acuerdo con Benito Barragán, especialista en Derecho Fiscal, “los contribuyentes deben estar más pendientes a las nuevas disposiciones fiscales a fin de cumplir, además de realizarlo como las autoridades lo señalan y evitar sanciones; porque ahora se trata de la personas morales que facturan más de 2 millones de pesos anuales, lo cual implica que en los próximos 2 años todos los contribuyentes tengan que integrarse, incluyendo los exrepecos”.
Básicamente se trata de cotejar los ingresos con los egresos de forma mensual, mediante la balanza de comprobación y su envío al buzón tributario, en formatos xml y pdf.
Para Barragán con la contabilidad electrónica el contador debe convertirse en un estratega, más que un calculador de impuestos.
Los pasos a seguir para integrarse a la contabilidad electrónica son:
1.- Contar con la Fiel (Firma Electrónica)
2.-CSD (Certificado de Sello Digital)
3.- Clave CIEC para Buzón Tributario
4.-Contar con un sistema electrónico
Las reglas que destacan, entre otras, son las relativas a la contabilidad electrónica que los contribuyentes deben entregar a partir de este año a la autoridad fiscal, y se precisa que las fechas de entrega para las personas morales serán las siguientes.
Catálogo de Cuentas y Balanza de Comprobación, del mes de |
Mes de entrega:
|
Julio |
Octubre |
Agosto |
Noviembre |
Septiembre y octubre |
Diciembre |
Noviembre y diciembre |
Enero 2015 |
Es importante precisar que además de la balanza de comprobación, el catálogo de cuentas también será entregado a partir del mes de octubre y la información de pólizas generadas se entregará únicamente a requerimiento de autoridad conforme a las fechas señaladas para la balanza de comprobación.
Fernando Heredia
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