Derivado del interés de los contribuyentes y de sus proveedores de aplicaciones informáticas por cumplir con sus obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), amplió el plazo para el inicio de operación del servicio de aceptación o rechazo de la cancelación de facturas. El SAT dispuso que a partir del 1° de septiembre los contribuyentes tengan que hacer el uso del modelo de cancelaciones.
“La autoridad se dio cuenta que había emisores que cancelaban sin avisarle al receptor, es decir al cliente de la cancelación de la factura, entonces, el cliente al querer deducir su factura que pagó por un servicio o producto que adquirió, se dio cuenta que se cancelaba la factura y no podía ser deducible. Esto provocó que los contribuyentes se quejaran ante la autoridad, señala Salvador Gómez, director General de Buzón E
Por lo anterior, el SAT como autoridad tomó cartas en el asunto. Ahora los contribuyentes tienen el derecho de estar enterados de que el emisor de la factura la quiere cancelar por algún motivo. De allí nace el nuevo modelo de cancelación de facturación.
Gómez comenta que ahora el funcionamiento es el siguiente: Se emite y se envía la factura. Si por cualquier motivo se da cuenta el emisor que la factura estuvo mal porque las condiciones no eran las adecuadas o por algún error, va a solicitar a través de los medios digitales que hoy tenemos, como el software, App o a través del mismo portal del SAT, la cancelación de la factura.
Por otro lado, al contribuyente o empresas les va a llegar un aviso a través del buzón tributario con un aviso en que dice “hay una solicitud de cancelación”; entonces el contribuyente usará la aplicación de deducción del SAT para poder revisar el estatus de la cancelación y decir si procede la cancelación o se cancela porque se pagó y no está mal. Entonces se tendrá es derecho.
El directivo de Buzón E, comenta que una vez que se pide la solicitud de cancelación, se tiene 72 horas para aceptarse, Dado sea el caso, si no fue vista o se dio cuenta, se cancela la factura. Después se puede revisar las razones con el proveedor del porqué de la cancelación, estas son relaciones comerciales. Pero en resumen lo que la autoridad es dar certeza a los contribuyentes de la cancelación una factura.
“Existen dos cosas importantes que señalar, por un lado, existen usuarios contribuyentes que no tienen una necesidad muy alta de estos temas tecnológicos o no tienen un volumen de operación grande que haga necesario tener una tecnología que haga mucho más complejo y robusto, obviamente ese tipo de contribuyentes, va a poder tener acceso a través de la plataforma y va poder manejar sus operaciones si se cancelan o no sus operaciones”, señala el experto.
Salvador Gómez enfatiza: “También son las empresas más complejas. Es allí donde entra Buzón e porque el volumen es mucho más grande. Es allí donde ponemos las herramientas tradiciones que tenemos para la emisión de la factura, disponemos soluciones para poder tener la comunicación de que están solicitando la factura y también para realizar la operación en el mismo lugar sin que se tenga que salir o entrar al buzón tributario y eso ayuda para que las empresas sean más sencillo, eficiente y mucho más fácil con la transición de sus operaciones.
“Buzón E es una empresa que hemos trabajado muy cerca el SAT en el desarrollo del modelo de la facturación electrónica para poder evolucionar en México. Somos una empresa financiera y de tecnología y buscamos agregamos agregar valor a las empresas que realmente tengan soluciones que les ayude hacer su trabajo,” finaliza el directivo.
El pasado 4 de julio, el SAT anunció la ampliación el plazo para el inicio de operación del servicio de cancelación de facturas del 1 de julio hasta el 1 de septiembre de 2018, a partir del interés de los contribuyentes y de sus proveedores de aplicaciones informáticas por cumplir con sus obligaciones fiscales.
Laura Cruz /Fernando Heredia
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