Si esta obligado a presentar declaraciones mensuales y lo hace a tiempo se evita gastos y molestias innecesarias, además tendrá todo listo para presentar su Declaración Anual de manera más rápida y sin contratiempos.
¿Cuáles son las declaraciones que se presentan de manera mensual? El Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto Empresarial a Tasa Única, Impuesto al Valor Agregado, excepto si su actividad está exenta, Impuesto Especial sobre Producción y Servicios sólo si es sujeto a este impuesto y las retenciones de impuestos que en su caso realice a terceros.
Los pagos provisionales y definitivos generalmente deben presentarse cada mes, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago; sin embargo, cuenta de uno a cinco días más de plazo según el sexto dígito numérico de su Registro Federal de Causantes (RFC).
Para presentar sus declaraciones mensuales solo necesita tener a la mano la información de sus ingresos y deducciones. Utilice la Bitácora de información necesaria que puede obtener en www.sat.gob.mx o en los módulos del Servicio Tributario del SAT.
Calcule los impuestos con los datos anteriores y presente sus declaraciones de acuerdo a:
Con pago en los bancos autorizados ya sea por Internet o ventanilla En Ceros
Debe presentar en el portal del SAT el listado de conceptos que sirvieron de base para calcular el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), solo si declara por ventanilla bancaria y lo hace en tiempo y de manera correcta no lo presenta.
La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros debe ser presentada durante el mes siguiente al que corresponda su declaración; sólo se presenta si es sujeto del IVA o está registrado con esta obligación.
Recuerde que es importante mantenerse al corriente de sus pagos mensuales (provisionales y definitivos) para evitar pagar recargos y actualizaciones los cuales se incrementan casa mes de mora. Además de evitar requerimientos y multas, los montos de las multas pueden ir desde los 980 pesos hasta los 12 mil 240 pesos tratándose de declaraciones, por cada una de las declaraciones no declaradas.
De 980 a 24 mil 480 pesos por cada obligación a que esté afecto al presentar una declaración fuera del plazo señalado en el requerimiento, o por su incumplimiento.
Elvira Mayén-Lugo