El Recibo Electrónico de Pago (REP) es un documento fiscal generado por cada pago a una factura que no se liquida el día de su emisión. Cuando los contribuyentes timbran este recibo, reconocen que han obtenido un ingreso por la venta de un producto o servicio, por lo cual generan una obligación fiscal.
El mecanismo fue ideado para reducir los errores operativos, evitar duplicidades en ingresos e impedir que las facturas pagadas sean canceladas sin que el cliente se entere. Sin embargo, el Sistema de Administración Tributaria ha innovado o modificado un proceso de fiscalización, la adaptación no ha sido sencilla para los contribuyentes.
“Los principales problemas mencionados por empresas y personas físicas son los proveedores que no se han adaptado a la nueva norma, una plataforma poco intuitiva, conceptos confusos e informes de error crípticos al llenar el REP. Si bien esta actualización tiene un gran potencial benéfico para las empresas, el proceso de adaptación no ha sido sencillo, y tanto proveedores como contribuyentes deberán actualizarse y ajustarse al nuevo proceso de cobranza”, contextualizó Enrique González del Valle, Director de Operaciones de Avanttia, plataforma en línea de cobranza y responsable de habilitar el timbrado del REP para sus usuarios.
Los problemas más comunes a los que se han enfrentado tanto empresas como personas físicas alrededor del REP son los siguientes:
- El SAT emitió un comunicado donde se alteran algunos mecanismos de funcionamiento, y en resumen se permite emitir sólo una factura (o CFDI), con formato de pago una sola exhibición y que no requiere la emisión de un REP, siempre y cuando la factura se pague máximo hasta el día 17 del siguiente mes al que fue emitida. Al tratar de ayudar, esto generó mayor confusión sobre los plazos: hay personas reemitiendo y cancelando facturas y tratando de adaptarse a las modificaciones.
- La falta de organización en el proceso del REP ha implicado grandes confusiones al interior de las empresas, desde la emisión de facturas y sus características dependiendo del momento de pago; hasta el timbrado mismo del REP; incluso se han emitido por error REPs de facturas que no han sido pagadas.
- Las empresas que cuentan con grandes servicios de administración financiera y cobranza, como SAP y Oracle, requieren de integradores terceros para poder ajustarse a la nueva normativa local, lo que implica una actualización costosa adicionales a las plataformas que ya tienen.
- La manera en que el portal del SAT presenta el formato para emitir el REP y los pasos a seguir para su timbrado, no son claros para los usuarios a primera vista. De igual forma, algunos de los requisitos que se piden para la emisión del REP no se describen de forma clara en su sitio o utilizan conceptos desconocidos o confusos, por ejemplo, en el REP el RFC receptor se refiere al banco que recibe la transacción, y no al del contribuyente.
Adicional, la plataforma tiene mensajes de error crípticos, los mensajes de error en la plataforma suelen no ser claros sobre cuál es el problema y cómo corregirlo.
Estas son algunas recomendaciones para atender estas situaciones:
- El SAT publicó en su canal oficial de YouTube un video explicando cómo llenar el recibo de pagos y aclarando dudas sobre el proceso y las obligaciones correspondientes. Es importante tener a la mano este video explicativo.
- La forma más sencilla de automatizar la cobranza de una PyME, e incluso de grandes empresas, es recurrir a los servicios de los Proveedores Autorizados de Certificación (PACs). Cada vez más empresas utilizan a estos proveedores como complemento o soporte para sus sistemas, y desde la implementación del REP en el sistema fiscal, su uso se ha popularizado entre las grandes empresas.
- Clarificar los conceptos obligatorios es necesario porque si no se llena de forma adecuada los campos para la emisión del REP, se pueden invalidar los recibos y provocar sanciones a los contribuyentes. Algunos campos no son obligatorios para su correcta emisión, por lo que, si existe duda respecto a ciertos conceptos no obligatorios, es preferible no llenarlos (a menos que el cliente lo exija).
La emisión del REP se volvió obligatoria desde el 1º de septiembre, pero algunas empresas y proveedores siguen sin ajustarse a ésta. De acuerdo con la actual regulación fiscal, esta inacción puede sancionarse con multas de hasta 80 mil pesos, además de provocar que el cliente final no pueda deducir los impuestos correspondientes a estos pagos, afectando el funcionamiento de las empresas y los profesionales independientes.
“Esto va más allá de un dolor administrativo, si no se maneja de la forma adecuada, puede poner en peligro la existencia misma de una PyME o la actividad del profesionista independiente, pero es también la oportunidad de organizar y obtener beneficios de una cobranza adecuada”, explicó González del Valle.
Redacción
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