Augusto llegó a una incubadora de empresas con el firme propósito de obtener dinero para comprar una mesa de corte. Su prioridad estaba equivocada.
Augusto había diseñado un zapato para pie diabético que tenía una función antiséptica; desarrolló este invento motivado por su tía, quien padecía de esta enfermedad.
El zapato funcionaba muy bien, tanto que su familia le impulsó a tratar de colocar algunos pares en la zapatería de la colonia. Tomó su diseño plasmado en papel, se dirigió con el encargado de la zapatería y le propuso llevarle diez pares de estos zapatos en un mes. Días después, Augusto ya se había vinculado con un maquilador para fabricar el pedido prometido.
El maquilador entregó a Augusto el lote de diez pares antes de la fecha comprometida. La zapatería colocó un par de muestras en su aparador; en una semana había vendido todas las unidades en existencia. Así, volvió con el maquilador por un nuevo pedido con un número mayor de unidades. Nuevamente, lo vendió en pocos días. Por tercera ocasión, realizó un pedido aún más grande que vendió con éxito.
Las ventas y ganancias resultaban buenas; todos los pedidos que Augusto hizo al maquilador, indicaron a éste último que el producto tenía un potencial comercial importante. Esto provocó que el maquilador iniciara la producción a mayor escala de este tipo de zapatos y empezó a colocarlo en múltiples zapaterías sin autorización de Augusto; desde luego, las ganancias no las compartió con él.
Augusto había expuesto su invento con el maquilador y en el aparador sin haber protegido su invento y la confidencialidad del mismo. Cuando el maquilador inició la producción en gran escala, Augusto ya solo tenía 3 meses para poder solicitar un registro de propiedad intelectual ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Sin embargo, Augusto pensó que debía conseguir lo antes posible dinero suficiente para comprar una mesa de corte que le permitiera iniciar la producción de los zapatos y competir contra el maquilador e ingresó a la incubadora de empresas para ello exclusivamente. Él estaba equivocado.
Efectivamente, necesitaba conseguir una mesa de corte pero esa no era la prioridad. La prioridad era la protección de su invento y no lo comprendió. Pasaron los meses, él no pudo conseguir el dinero para la mesa de corte y dejó perder su derecho para la protección del invento. Así, Augusto no solamente perdió la exclusividad de la explotación de los zapatos que diseñó, sino que además, no obtuvo dinero para la mesa y se perdió la oportunidad de ser asesorado y acompañado por consultores especializados que le ayudaran a desarrollar su negocio.
La protección de la propiedad intelectual es un tema que impacta a todas las empresas, sin importar su tamaño. Desde el registro de una marca hasta la obtención de una patente, modelo de utilidad y/o diseño industrial hasta el manejo de secretos industriales y derechos de autor. Es un tema prioritario; no es barato pero el emprendedor o empresario por naturaleza deberá buscar los recursos para cubrir los costos.
Una forma de negociar los recursos para la protección de la propiedad intelectual, es compartirla. Esto es, que el inversionista que aporte el dinero para cubrir los costos del registro puede convertirse en titular del registro de manera parcial, compartiéndolo con el inventor.
Otra manera de negociar es comprometer parcialmente las ganancias que se obtengan por la explotación del registro de propiedad intelectual o por las regalías a partir del licenciamiento.
En cualquier caso, el acuerdo debe realizarse a través de un contrato que estipule claramente los derechos y obligaciones de cada una de las partes. Esto permitirá que las reglas sean conocidas y aceptadas por los firmantes.
Reitero, la propiedad intelectual no es un tema técnico exclusivo de las grandes empresas o los grandes laboratorios. La propiedad intelectual es un tema de estrategia de negocios que cualquier empresa puede generar y esto puede generar ventajas competitivas.
Por: Dra. Alejandra Herrera Mendoza
Directora general, www.sendatek.mx
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