Como es del dominio público, el próximo 1 de julio entra en vigor el nuevo formato de factura electrónica denominado por el Servicio de Administración Tributaria como 2.2, para los usuarios del esquema CFD, y 3.2 para los usuarios del CFDI (con timbrado).
Es importante recordar que las empresas que emitan o reciban comprobantes fiscales digitales con el formato anterior, a partir de la fecha mencionada estarán generando documentos sin validez para su deducción contable y sin poder acreditar el IVA correspondiente.
Los beneficios que obtienen las empresas al usar comprobantes fiscales digitales están ya demostrados; a casi 2 años del uso obligatorio de esta tecnología para los contribuyentes mayores, no hay duda de los ahorros que se logran en cuanto a papelería, almacenaje, mensajería y precisión aritmética.
“Lo que en un principio se vio venir como una presión en la fiscalización, hoy se recibe como una comodidad administrativa. La realidad es que cada vez es mayor el número de empresas que adoptan esta tecnología, aun cuando sus niveles de facturación no los hace sujetos a la obligación”, expresó la empresa Microsip.
Cabe señalar que los contribuyentes cuyos niveles de facturación anual es por debajo de los 4 millones de pesos, no están obligados a usar comprobantes fiscales digitales, para ellos, el SAT dispuso del uso de un código de barras bidimensional que se imprime en las facturas como sello de garantía.
Microsip, agregó que como fabricante de sistemas computacionales administrativos, ofrece todos los esquemas de facturación permitidos por el SAT. “Sin importar el régimen tributario, Microsip ofrece en sus sistemas de Ventas (empresa a empresa) y Punto de Venta (empresa a consumidor), la facilidad de cumplir con todos los requisitos fiscales de una manera práctica y económica”, afirmaron.
Redacción
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