El Servicio de Administración Tributaria a través de su boletín número P091, hace del conocimiento de los contribuyentes que solicitaron renovación de su certificación en materia de impuesto al valor agregado (IVA) e impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), una prórroga temporal de los beneficios relacionados con dicha certificación, hasta la obtención de la resolución correspondiente a dicho trámite.
En este sentido, los contribuyentes que hayan ingresado el trámite de renovación de certificación en materia de IVA e IEPS, antes del 18 de diciembre de 2015, podrán gozar de dicha prórroga.
Cabe señalar que los contribuyentes que optaron por solicitar la certificación en materia de IVA e IEPS, modalidad AA y AAA, así como aquellos que al no presentar en tiempo su renovación tuvieron que ingresar un trámite nuevo para la modalidad A, no están contemplados en dicha prórroga, por lo que en caso de que la autoridad no emita resolución alguna sobre sus trámites antes del 31 de diciembre de 2015, a partir del 1 de enero de 2016, dejarán de gozar de los beneficios otorgados en la certificación autorizada.
Redacción
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