Segundo paso para entrarle a la nueva factura: La forma de pago y el método de pago.
Todos los que cotidianamente hacemos facturas, recordamos que hace poco el SAT cambió el campo del método de pago, incorporando un catálogo para que sólo se ocuparan ciertas descripciones. Fue un poco problemático, ya que no se aclaraba en aquel entonces en forma explícita si lo que debía usarse era la clave, la descripción del método o ambas, por ejemplo: “02 Cheque nominativo”. Finalmente los sistemas comenzaron a aceptar la información en diferentes formas y la crisis pasó.
Para la nueva versión 3.3 el método de pago es tema nuevamente, y ahora también la forma de pago.
Lo que hay que saber:
1.- Ahora están al revés. Así es, lo que antes era el método de pago, ahora es la forma de pago y viceversa.
2.- Las opciones para su uso vienen en un nuevo catálogo: Existen 17 nuevos catálogos para hacer una factura electrónica. Los analizaremos poco a poco.
3.-El nuevo método de pago tiene 2 opciones (eran inicialmente 3, pero solo quedaron dos):
-PUE: Pago en una sola exhibición: Debe usarse exclusivamente cuando nos paguen antes o en el momento de la emisión del comprobante (de la factura por ejemplo).
-PPD: Pago en Parcialidades o Diferido: Se usa cuando no nos pagan en el momento, ya sea que el pago lo vaya a realizar el cliente a crédito o en varios pagos. Ojo: En este caso, para los pagos futuros, deberá usarse el nuevo tipo de comprobante CFDI de pagos incluyendo el nuevo complemento de pagos. En ese comprobante iremos documentando el abono o abonos que haga el cliente a esta cuenta, llevando un control de cada pago y el saldo insoluto (lo que resta que nos paguen de esa factura) después de cada pago. Si el cliente realiza un anticipo y pagará el resto posteriormente, se debe emitir el CFDI por el total de la operación y posteriormente el CFDI o los CFDI de pagos contra cada uno de los pagos que realice el cliente con posterioridad.
4.- La nueva forma de pago es un nuevo catálogo que en la fecha que escribo esto cuenta con 21 opciones (hemos estado percibiendo diversos cambios en los catálogos, así como en el manual de llenado del SAT, así que hay que estar atentos).
5.- El nuevo CFDI de pagos. Ahora, además de generar nuestro CFDI de ingreso, por ejemplo, factura, recibo de pago, recibo de arrendamiento, nota de cargo, recibo de honorarios, recibo de donativos, etc., si el pago total del CFDI no se realiza de inmediato, será necesario emitir tantos CFDI de pagos como pagos tengamos con posterioridad. Existen instrucciones específicas que deben seguirse para llenar el nuevo CFDI de pagos, que analizaremos también, así como catálogos para este nuevo tipo de comprobante.
L.A.E. Edgar Mauricio Cabrera Estrada
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