¿Cómo retiro mi ahorro para la vivienda? 5 cuestiones sobre el INFONAVIT

 

 ¿Qué tan importante es el ahorro en mi vida personal y familiar?, para responder esta pregunta es importante definir qué te interesa hacer en tu vida ahora y en el futuro.

 

Existen diversas modalidades para ahorrar, ya que sea en una institución bancaria, o a través de la adquisición de bienes, inclusive obra de arte, o metales. Las opciones son variadas, pero también está el derecho al que tiene acceso el trabajador o empleado al prestar sus servicios en una empresa privada.

 

Si trabajas en una empresa formal que cubre tus prestaciones sociales, tales como la seguridad social, de acuerdo a la normatividad vigente tienes una cuenta de Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), mediante la cual se tiene acceso a dos beneficios: el ahorro para el retiro y el fondo de ahorro para la vivienda.

 

En este caso, analizaremos el caso particular del fondo de ahorro para la vivienda a través del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), mismo que los trabajadores pueden aplicar en los dos beneficios mencionados.

 

1. ¿A cuánto asciende mi ahorro en INFONAVIT? 

 

De acuerdo a la legislación que sustenta el INFONAVIT, el patrón debe cubrir el cinco por ciento bimestral del salario o sueldo del trabajador o el empleado, que en realidad si se labora durante el año, será el mismo 5% de la percepción anual. A partir de enero de 2016 se dieron cambios importantes a la ley que regula al INFONAVIT, mismas que en general, benefician al usuario de este sistema en dos sentidos:

 

· El ahorro que tenga el beneficiario en la subcuenta de vivienda, es decir su cuenta con el monto de ahorro que le corresponde, causará intereses que se acreditarán al total ahorrado.

 

· El usuario que ya tenga un crédito con el INFONAVIT, podrá optar seguir pagando conforme a los incrementos del salario mínimo, o a partir de la unidad de medida y actualización (UMA) que es un equivalente a las UDIS. Cabe destacar, que el UMA de 2016 a 2017, tuvo un aumento aproximado de 3% por ciento, lo cual es un aumento similar a la inflación y no resultó elevado, sin embargo, para hacer el cambio el usuario debe valorar si a él le conviene, o de lo contrario podrá seguir con su contrato original.

 

2. ¿Qué necesito para retirar mi ahorro?

 

Ahora bien, si el empleado de la empresa privada formal, nunca hizo uso de este crédito para adquirir su casa y está interesado en retirar este tipo de ahorro, para contar con tales recursos al momento en que se retira del mercado laboral, existen algunas consideraciones al respecto:

 

· No tener vigente un crédito con el INFONAVIT

· La devolución aplica para personas que cuentan con una pensión emitida por el IMSS, bajo el régimen de Ley de 1973.

· Contar con dictamen de pensión expedido por el IMSS, con fecha posterior al 1° de julio de 1997.

· Conocer cuánto se tiene ahorrado, partiendo de datos básicos como: Número de Seguridad Social (NSS), Clave Única de Registro de Población (CURP)Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

· Número de cuenta bancaria, puede ser la cuenta en la que el IMSS te deposita tu pensión.

· Original y copia de tu credencial de elector vigente.

· Original y copia del estado de cuenta bancario, con la clave interbancaria (CLABE) y una antigüedad no mayor a dos meses, para hacer la transferencia electrónica de tu dinero.

· Investigar en qué tipo de cuenta está identificado el ahorro, toda vez que dependiendo de la época en que la persona fue dada de alta como derechohabiente, podrá estar en alguna de las siguientes opciones: Subcuenta de Vivienda 1997, Subcuenta de Vivienda 1992-1997 o Fondo de Ahorro 1972-1992.

 

Cada una de estas subcuentas tiene una serie de características y requisitos que se deben cumplir para proceder al retiro del ahorro individual, ya que tales características y requisitos cambian conforme a la edad de los derechohabientes.

 

3. ¿Cómo y dónde hago mi cita?

 

El proceso para solicitar una cita puede realizarse a través de Internet en https://micuenta.infonavit.org.mx/wps/portal/mci2/login/ o vía telefónica, y el beneficiario deberá tener a la mano únicamente su Número de Seguridad Social (NSS) y su resolución de pensión.

Si el trámite se realiza por Internet, se deberán introducir el CURP y el RFC, además de un número de teléfono y una dirección de correo electrónico para que, en un promedio de cinco días, el INFONAVIT contacte al beneficiario para asignarle la hora y fecha de su cita, que se fija a conveniencia del beneficiario.

 

4. ¿Cuánto dinero me devolverán?

 

Cuando el interesado acuda a la cita en el Instituto, se le informará el monto que recibirá por concepto de devolución. Los recursos se devolverán a través de una transferencia electrónica a una cuenta bancaria a nombre del beneficiario en un periodo de entre 10 y 15 días después de la cita.

 

Los trabajadores retirados pueden darse una idea del monto si revisan su último estado de cuenta de la AFORE, que indica el saldo de la Subcuenta de Vivienda de 1997.

 

5. Si dejé mi empleo y tengo un negocio informal, ¿Puedo reclamar mi ahorro?

 

Sí, pero deberás estar registrado bajo el régimen 73 y esperar a cumplir 60 años. Una vez que esto ocurra, deberás acudir a solicitar que el IMSS te pensione. Si no reúnes 550 semanas cotizadas, el IMSS emitirá una negativa de pensión, y con ella podrás solicitar tu devolución.

 

En suma podemos concluir, que para el empleado o trabajador convencional este sistema de ahorro a través del INFONAVIT, resulta conveniente ya que: representa una forma de reserva para quienes al retirarse del mercado laboral, quieran hacer uso de este beneficio, además de poder emplearlo como base para adquirir un crédito bancario.

 

Más información: www.ebc.mx

 

Javier Macedo, experto en Finanzas y Catedrático de Posgrado en la Escuela Bancaria y Comercial

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