Actualmente la utilización de diferentes dispositivos tecnológicos forma parte fundamental del desarrollo de las relaciones de trabajo; sin embargo, la legislación laboral vigente no prevé regulación alguna para el desahogo de pruebas como los documentos digitalizados, correos electrónicos, registros dactiloscópicos, grabaciones de audio y video, firmas electrónicas o contraseñas y, en general, el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
La Reforma Laboral define un catálogo de pruebas contenidas en medios electrónicos, y establece la forma y términos para que éstas puedan ser ofrecidas, admitidas, perfeccionadas y valoradas en los juicios laborales, con el propósito de agilizar y modernizar la impartición de la justicia laboral. Por ejemplo, se podrán desahogar diligencias entre personas que se encuentran en lugares distintos a través de los medios electrónicos, como el Internet.
El uso y aprovechamiento de herramientas informáticas como medios de prueba, ya se encuentra regulado en otras materias, como la mercantil y la fiscal; incluso lo relativo a la firma electrónica para la presentación de promociones electrónicas, fue motivo de un Acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal para su aplicación en todo el Poder Judicial de la Federación.
Adicionalmente, la propuesta establece las bases para que el Pleno de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o el de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, en el marco de las normas y principios procesales existentes, puedan acordar la adopción de medidas para divulgar y utilizar herramientas tecnológicas, en las que podrían incluir los sistemas necesarios de consulta y actuación para las partes en los procedimientos, con lo que mejorará la calidad del servicio proporcionado a los usuarios, agilizará los trámites administrativos y jurisdiccionales, y permitirá mayor transparencia en los procesos jurisdiccionales de trabajo.
Con la Reforma Laboral se establece la utilización de la tecnología en beneficio de la impartición de justicia laboral.
Redacción