Facturación electrónica este 2019

Hoy en día, los pequeños y medianos empresarios tienen una participación en el mercado nacional, ya sea como clientes o proveedores, por lo cual es de suma importancia que estén bien informados sobre las obligaciones hacendarias que tienen que cumplir para garantizar un ejercicio fiscal eficiente.

En este sentido, en materia de facturación electrónica, se presentan algunos aspectos que se requieren una especial atención, ayudarán a optimizar tiempos, evitar errores en los registros contables y garantizar un adecuado cumplimiento ante el fisco.

  • En el 2018 entró en vigor el comprobante de recepción de pagos o Recibo Electrónico de Pago (REP). Toda venta a crédito o en parcialidades, cada Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) emitido bajo esta condición, debe ser complementado con los REP’s correspondientes, mismos que se deben emitir por cada pago recibido.
  • No obstante, existe la facilidad de que si un proveedor (quien emite el CFDI) y un cliente (quien lo recibe) acuerdan liquidar la totalidad del monto de la operación a más tardar el día 17 del mes posterior inmediato a la emisión del comprobante fiscal, el método de pago podrá ser registrado como “en una sola exhibición”, de esta manera no será necesario emitir un REP.
  • En lo que respecta al comprobante del recibo de pago de nómina, a finales de agosto del año pasado la autoridad actualizó algunas reglas de su llenado, mismas que entraron en vigor en 2019. Las actualizaciones más impactantes fueron en los temas de subsidio al empleo y del pago a los trabajadores por concepto de separación e indemnización, pero se hicieron más precisiones.
  • Con la última versión del recibo de pago de nómina, se eliminó la obligación de emitir la Declaración Informativa de Sueldos y Salarios, y que en su lugar la autoridad comenzó a realizar revisiones muy detalladas del contenido de los recibos de nómina de los trabajadores. Por ello, es recomendable realizar revisiones detalladas de la nómina y los recibos emitidos, procurando hacer cierres mensuales de estos comprobantes, minimizando con ello la posibilidad de equivocaciones y ajustes difíciles de realizar si se deja todo hasta finales de año.
  • El proceso de cancelación de comprobantes fiscales digitales tuvo cambios. Ahora, se puede realizar la cancelación de un comprobante sin requerir autorización, mientras se encuentre en determinados supuestos (por ejemplo, que sea de un monto menor de cinco mil pesos o que se realice en las primeras 72 horas después de su emisión). De no ser así, se requiere la autorización del receptor para proceder con la cancelación.

A través del software Aspel SAE puede enlazar con un Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI y gestionar directamente la cancelación de un comprobante con tu cliente; asimismo, por medio de la interfaz Aspel COI es posible relacionar los folios de los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) con las pólizas, de acuerdo con los requerimientos de la contabilidad electrónica actual, brindando así una integración total.

“La homologación impulsada por el SAT desde hace algunos años ha venido fortaleciendo la relación con el contribuyente, debido a una mayor exigencia en el ejercicio fiscal que resulta cada vez en un mayor control”, apuntó Reyna López, Gerente de Producto de Aspel.

La facturación electrónica ha cobrado una fuerza en los últimos años, y en un mundo empresarial en constante cambio es primordial estar atento a lo que determine la autoridad fiscal para mantenerse actualizado y garantizar un correcto manejo de las responsabilidades tributarias.

Aprovechar las ventajas que las herramientas tecnológicas proporcionan al momento de evaluar la situación financiera de la empresa. La correcta toma de decisiones permitirá el crecimiento del negocio y aumentar las ganancias, resultando en finanzas sanas.

Redacción

 

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