El precepto establece características y especificaciones obligatorias para transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SCT2/2010, para reforzar las especificaciones del marcado que deben estampar los fabricantes en envases y/o embalajes que contengan substancias, materiales o residuos peligrosos, previo a las pruebas de presión interna, caída, apilamiento, fuga, hermeticidad y vibración.
Este marcado alfanumérico tiene impreso el símbolo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y permite identificar el tipo y material del envase o embalaje, categoría, así como el grupo al que pertenece, el estado físico del producto a contener, año de fabricación, signo distintivo del país de fabricación, empresa elaboradora y laboratorio que efectuó las pruebas de integridad del recipiente.
Debido a la importancia de utilizar durante el transporte envases y/o embalajes destinados a contener materiales o residuos peligrosos, es indispensable que el procedimiento se lleve a cabo bajo condiciones que garanticen la seguridad en la prestación de los servicios de transporte y que no represente un riesgo para la población y el ambiente.
Las modificaciones a dicha norma retoman las Recomendaciones de la Reglamentación Modelo de la ONU, para cumplir los compromisos adquiridos por México en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
La nueva disposición precisa que las especificaciones no se aplican a los envases y embalajes para materiales radiactivos, e incluye nuevas definiciones como bidón (tambor), bulto, envase y/o embalaje exterior e interior, de socorro, intermedio, reutilizado, reconstruido, sobreenvase y/o sobreembalaje, así como materiales plásticos y de plástico reciclado.
Destaca que, por razones ambientales, no permite el marcado de barriles de madera que, además, no podrán utilizarse para transportar productos peligrosos, pero sí incluye el dedicado a envases y embalajes de socorro, que se destinan al rescate de recipientes rotos o que presenten fuga de substancias dañinas.
La norma permite el empleo de coma decimal o punto, de conformidad con la NOM-008-SCFI-2002 Sistema General de Unidades de Medida, que son aceptadas a nivel internacional.
Con estas especificaciones se facilita el trabajo de los fabricantes de envases y embalajes, pues a través de su marcado original se identifica el tipo y ensayos (pruebas) superados, así como a los recipientes reacondicionados y de socorro.
La modificación de la norma obedece al cumplimiento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, que dispone la obligación de revisar cada cinco años las Normas Oficiales. Por ello, la SCT, en coordinación con otras secretarías de Estado, entidades paraestatales, instituciones de educación superior e iniciativa privada, actualizó la citada disposición para prevenir situaciones de riesgo en el manejo y transporte de este tipo de substancias.
La Norma Oficial Mexicana NOM-007-SCT2/2010, publicada el 6 de septiembre pasado en el Diario Oficial de la Federación, cancela la NOM-007-SCT2/2002 del 17 de abril de 2003.