Comparten  puntos clave para cumplir con declaración anual

De acuerdo con un informe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el envío de la declaración anual para personas físicas se podrá realizar a través de su portal, por lo que no será necesario acudir de manera presencial para cumplir con el trámite.

 

El plazo máximo legal para la devolución de saldos a favor de Impuesto sobre la Renta (ISR) es de hasta 40 días hábiles; sin embargo, ante la contingencia sanitaria que actualmente enfrenta el país, la autoridad implementó mecanismos para realizar las devoluciones en 3 días hábiles. Por tal motivo, acelerar el trámite se vuelve fundamental para contar con ese recurso en esta temporada.

Para que efectúes tu declaración anual de la mejor forma, Aspel comparte los siguientes claves:

 

  • La autoridad fiscal ha puesto a disposición de las personas físicas varios mecanismos con la finalidad de facilitar la presentación de la declaración anual. Estos se encuentran disponibles en su portal y son:
  • Simulador de declaración anual. En esta herramienta encontrarás precargados los comprobantes de ingresos y facturas emitidas el año pasado. Con este simulador podrás comprobar que se registren todos tus gastos deducibles y detectar aquellos que no correspondan.
  • Visor de nómina. Se encuentra disponible para los trabajadores asalariados con la finalidad de generarles un resumen de todos sus ingresos vía nómina, para que puedan identificar cuáles retienen ISR y cuáles están exentos de gravámenes.
  • Visor de deducciones personales. Permite a los contribuyentes identificar los conceptos aptos para ser considerados deducciones personales; por ejemplo, gastos médicos y funerarios. También los que no han sido clasificados dentro de alguno de los tipos de deducciones personales, por no cumplir con los requisitos aplicables como pueden ser las facturas telefónicas.

 

De manera adicional, recuerda que quienes pertenecen al régimen de sueldos y salarios tendrán la opción de presentar su declaración si realizaron alguna de las siguientes deducciones personales: Honorarios médicos, dentales y servicios profesionales de psicología y nutrición, gastos funerarios, primas por seguro de gastos médicos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación, donativos, aportaciones voluntarias a planes personales de retiro, colegiaturas hasta ciertos montos conforme a lo establecido en el decreto correspondiente y transporte escolar obligatorio de hijos o nietos.

 

Cumplir de forma correcta con el llenado y envío de la declaración anual, podrá evitarle al contribuyente una sanción que va desde los $1,400 hasta los $17,370. La autoridad ha advertido que el hecho de pagar la multa no eximirá al contribuyente de cumplir con esta obligación fiscal.

De acuerdo con un sondeo realizado por Aspel, 37% de los usuarios que utilizan aplicaciones para controlar sus operaciones contables, identifican como principales beneficios la optimización de tiempos en la captura de registros financieros y la comunicación directa con el SAT.

“Los contribuyentes tienen a su alcance una gran gama de herramientas que año tras año los orientan para cumplir satisfactoriamente con estos trámites. En términos contables, la tecnología para la automatización empresarial les facilita la organización y categorización de los comprobantes de ingresos y deducciones, así como de toda la documentación necesaria para emitir la declaración anual”, dijo  Luis Velasco, Estratega Contable de Aspel.

En medio del contexto sanitario actual, hoy más que nunca, acercarse a la tecnología que tienes a tu alcance es vital para cumplir con trámites y procedimientos oficiales, como la declaración anual de impuestos. No olvides que la cultura fiscal es imprescindible para tu salud financiera.

También se ha establecido que no se contempla una prórroga para presentar esta obligación; por lo tanto, deberás tener presente que el 30 de abril se mantiene como la fecha límite para que los contribuyentes envíen su documentación correspondiente al ejercicio fiscal 2019.

Redacción

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