El Gobierno Federal presentó la Estrategia Nacional para la Prevención y el Combate al Lavado de Dinero y el Financiamiento al Terrorismo, cuyo propósito es fortalecer la lucha contra dichas actividades criminales a través de un sistema integral enfocado a dos metas fundamentales: impedir que las organizaciones delictivas dispongan de sus ganancias, y judicializar oportuna y efectivamente casos de alta relevancia.
Hacer frente al lavado de dinero es importante porque esta actividad ilícita permite a las organizaciones criminales disponer de sus ganancias para la adquisición de armas, municiones, vehículos y todo tipo de activos y servicios con los que se atenta contra la vida de las familias mexicanas.
Esta Estrategia Nacional sin precedente es un plan concreto del Estado Mexicano para combatir la delincuencia organizada, que pretende brindar condiciones para el desarrollo sostenido de las capacidades económicas de los mexicanos sobre bases de legalidad, confianza, transparencia y seguridad jurídica y, asimismo, es un instrumento clave que contribuye a los esfuerzos de la comunidad internacional en la materia.
Para lograr sus dos metas fundamentales: impedir que las organizaciones delictivas dispongan de sus ganancias y judicializar con oportunidad y efectividad casos de relevancia, esta Estrategia Nacional se basa en cuatro Ejes Rectores:
I.- Información y Organización. Este primer eje rector tiene por objetivo detectar eficaz y eficientemente operaciones de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, y para lograrlo contempla como líneas de acción:
• Generar, manejar y usar la mayor cantidad de información financiera y criminal de forma sistematizada y dinámica, a través de acuerdos nacionales e internacionales, herramientas especializadas y protocolos de intercambio de información.
• Crear grupos especializados para que, respetando los secretos bancario, fiduciario y fiscal, todas las dependencia del Gobierno Federal puedan compartir la información relevante para la detección de casos; y
• Fortalecer las estructuras y capital humano de las dependencias dedicadas a combatir esos ilícitos.
II.- Marco Normativo. Su objetivo es fortalecer los instrumentos legales para la prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, y para ello se contempla:
• Reconocer nuevos tipos penales relacionados con los ilícitos en cuestión;
• Incorporar al régimen preventivo a determinadas profesiones y actividades no financieras que por sus características pudieran ser vulnerables a realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita;
• Colmar lagunas jurídicas para evitar el uso de testaferros y figuras similares que permiten a la delincuencia ocultar operaciones ilícitas;
• Modificar las disposiciones financieras para facilitar la obtención de información y fortalecer los métodos de intercambio de información entre autoridades, sin menoscabo de la adecuada protección jurídica a los usuarios de servicios financieros; y
• Reformas a la Ley de Extinción de Dominio.
III.- Supervisión Basada en Riesgo y Procedimientos Eficaces. Su objetivo es tomar acciones eficientes con base en inteligencia y programación adecuada. Las líneas de acción son:
• Supervisión especializada para el comercio exterior y la detección de dinero en efectivo;
• Agilizar el procedimiento de aseguramiento de activos y definir procedimientos claros para que las instancias del Gobierno Federal apliquen, en forma integral y coordinada, las medidas a su cargo para sustraer la propiedad o titularidad de los bienes derivados o relacionados con actividades ilícitas; y
• Reforzar las acciones de las dependencias supervisoras para que las acciones sean expeditas y efectivas.
IV.- Transparencia y Rendición de Cuentas. El objetivo del cuarto y último eje rector de esta Estrategia Nacional es medir y publicar objetivamente la efectividad de las acciones del Estado orientadas a erradicar las acciones de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Las acciones propuestas son:
• Publicar los indicadores para los tres órdenes de gobierno;
• Comunicar a la sociedad de forma oportuna y transparente los resultados de las acciones de prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo; y
• Establecer mecanismos de participación ciudadana como la denuncia y la retroalimentación de los sujetos obligados a reportar operaciones a las instituciones financieras.
La consecución de los objetivos planteados en cada Eje Rector permitirá alcanzar los siguientes
resultados:
• Impactar en el volumen de transacciones nacionales e internacionales con recursos provenientes de actividades ilícitas, obstaculizando la operación de las organizaciones criminales e incrementando los riesgos reales para quienes colaboran en la realización de operaciones de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo;
• Recuperar, en forma efectiva, los activos vinculados con actividades ilícitas;
• Debilitar la capacidad de los grupos criminales para controlar espacios territoriales, así como para enfrentar y corromper a las instituciones; y
• Proteger a la economía formal y fomentar su desarrollo.
Paquete Legislativo
En el marco de esta Estrategia Nacional, el Ejecutivo Federal enviará al Congreso de la Unión un paquete legislativo en el que destaca el Proyecto de Iniciativa de Ley para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Financiamiento al Terrorismo.
Las principales medidas que contempla esta iniciativa de ley son:
A.- Restricción en las operaciones con dinero en efectivo.
• Queda prohibida la adquisición de cualquier bien inmueble en efectivo (moneda nacional, divisas o metales preciosos). Los fedatarios públicos se encuentran impedidos para escriturar;
• Se prohíbe el pago en efectivo de más de 100 mil pesos en la adquisición de vehículos aéreos, marítimos y terrestres; relojes y joyería; boletos de apuestas o sorteos; transmisión de títulos accionarios; y
• Las operaciones que se realicen en contravención a esta disposición serán sancionadas con prisión de 5 a 15 años, y con multa de mil a cinco mil días.
B.- Nuevos Sujetos Obligados a Reportar Operaciones.
Tendrán obligación de reportar ciertas operaciones a las autoridades administrativas quienes se dediquen habitualmente a:
• La realización de concursos, sorteos o juegos;
• La emisión o comercialización de tarjetas de servicios o crédito;
• El otorgamiento de préstamos o contratos de crédito;
• La comercialización de inmuebles;
• La compraventa de metales preciosos, joyería y relojes;
• La venta o arrendamiento de vehículos aéreos, marítimos y terrestres, así como de obras de arte;
• El traslado de valores y blindajes;
• Servicios contables y jurídicos; y
• Dar fe pública (notarios y corredores).
Las obligaciones que esta iniciativa de ley contempla para los Sujetos Obligados a Reportar Operaciones son: identificar clientes y usuarios que realicen operaciones reguladas, recabar y conservar documentación e información de sus clientes y presentar reportes a la SHCP.
Las obligaciones de las entidades en materia de reportes se mantienen sin cambio conforme a lo previsto en las leyes financieras, y continúan obligadas a presentar reportes sobre operaciones inusuales, relevantes, transferencias de recursos y todas las demás obligaciones en esta materia.
El Reglamento de la Ley determinará los montos de las operaciones a reportar, lo que permitirá un régimen flexible que pueda adecuarse a la diversidad y características de las operaciones.
La iniciativa contempla imponer sanciones administrativas por el incumplimiento de las obligaciones relacionadas con la presentación de reportes e información, tipifica como delito el realizar operaciones prohibidas por la Ley y penaliza el uso indebido de la información reportada para garantizar la seguridad de los sujetos obligados y el buen manejo de la información (alteración, divulgación, falsificación).
Asimismo, la SHCP podrá realizar visitas de verificación con la finalidad de comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los sujetos.
Para fortalecer la capacidad de las actividades de inteligencia financiera en la prevención y combate al lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, se establecen esquemas de intercambio de información financiera entre la SHCP, la PGR y la SSP, y se establecen esquemas de flujo de información entre autoridades federales con órganos constitucionales autónomos y con autoridades de los estados y del extranjero.
En complemento a esta iniciativa de ley, el Ejecutivo Federal enviará al Congreso de la Unión la propuesta de diversas reformas al Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la legislación financiera, entre otras, consistentes principalmente en:
1.- Reformar los tipos penales de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo para suprimir aquellos elementos que la delincuencia organizada aprovecha para eludir los procesos penales.
Algunas de las modificaciones son:
• Se establece un deber para todo aquél que reciba recursos de cerciorarse, con los medios que estén a su alcance, de que no sean de procedencia ilícita;
• Se sanciona penalmente a quien ocasione que una persona omita presentar alguno de los reportes a los que se refieren las leyes financieras;
• Se establecen sanciones penales a aquellas personas que presenten información falsa o alterada sobre su identidad a alguna de las personas sujetas al régimen de prevención de lavado de dinero;
• Se establece como delito el fomentar, prestar ayuda, auxilio o colaboración a aquellas personas que cometan el delito de lavado de dinero; y
• Se sanciona penalmente a quien pretenda evadir sistemas de control del régimen de prevención a través de operaciones estructuradas.
2.- Colmar lagunas jurídicas para evitar el uso de testaferros y figuras similares que permiten a la delincuencia ocultar operaciones ilícitas.
3.- Modificar las disposiciones financieras para facilitar la obtención de información y fortalecer los métodos de intercambio de información entre autoridades, sin menoscabo de la adecuada protección jurídica a los usuarios de servicios financieros.
Asimismo impulsar Reformas a la Ley de Extinción de Dominio.
La Estrategia Nacional para la Prevención y el Combate al Lavado de Dinero y el Financiamiento al
Terrorismo, refrenda y fortalece el compromiso del Gobierno Federal en el combate a la delincuencia organizada y por ofrecer condiciones para el desarrollo sano y sostenido de las actividades económicas sobre bases de legalidad, confianza, transparencia y seguridad jurídica.
Redacción