Además de brindarte la mayor productividad en tu equipo de trabajo la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores es una de las obligaciones más importantes del patrón y, desde el año de 1978, las autoridades del trabajo dedican tiempo al cumplimiento de estos deberes legales por las empresas.
Nacional Financiera señala que transmitir a los trabajadores los conocimientos necesarios para hacerlos más aptos en el desempeño de sus labores es la mejor manera para obtener el mayor rendimiento en un marco de seguridad.
Para tener un buen proceso en torno a estas tareas Nafinsa recomienda designar una comisión mixta, es decir, nombrar igual número de representantes del patrón y de los trabajadores que en conjunto deben elaborar y aprobar los programas de capacitación que en lo posible deben seguir los modelos que la Secretaría del Trabajo ha publicado en los periódicos de mayor circulación y en el Diario Oficial, que de no ser encontrados pueden solicitarse en la propia Secretaría, aunque es más importante que las medidas se ajusten a las necesidades de la empresa.
El fin básico de estos programas es que el personal conozca bien en qué consiste su trabajo y domine correctamente las herramientas necesarias para la ejecución del mismo.
Es cierto que llevar a cabo un programa de capacitación implicará un costo para la empresa, que en el caso de las PyMEs no siempre resulta fácil de solventar, pues el adiestramiento debe realizarse dentro de las horas de trabajo pagadas y los instructores también deben ser remunerados, por ello es importante considerar una negociación en donde se determinen las utilidades que se ganarán con la inversión, por ejemplo mejora en la productividad y ejecución más segura del trabajo.
A partir de esta iniciativa una empresa debe implementar todas las medidas que tiendan a evitar, en lo posible, que sucedan los riesgos de trabajo, es decir las enfermedades profesionales o los accidentes de trabajo que ocurren en el ejercicio de las labores o como consecuencia.
Nafinsa señala que las medidas más frecuentes para evitar que los trabajadores contraigan enfermedades de trabajo, consisten en implementar las prevenciones de higiene necesarias, por ejemplo ventilar adecuadamente el local, para evitar que haya en el ambiente sustancias contaminantes que lleguen a enfermar a los trabajadores.
También deben evitarse, dentro de lo posible los ruidos excesivos que pueden disminuir las facultades del oído humano. Finalmente el centro de labores debe estar debidamente iluminado para desempeñar labores con la luz que necesiten, de preferencia, luz natural.
Asimismo es importante dotar a los trabajadores de equipo de seguridad en caso de que sus tareas así lo requieran. Naturalmente, los trabajadores, a su vez, están obligados a usar ese equipo y a acatar todas las reglas de seguridad que dicte la empresa o que establezcan las leyes o reglamentos dados por la autoridad.
Finalmente, es obligación del patrón tener en su establecimiento, no importa que no se trate de un lugar de alto peligro, por ejemplo, en las oficinas administrativas, un botiquín de primeros auxilios con desinfectantes, algodón, etc. También es obligatorio contar con extinguidores contra incendios y darles mantenimiento.
Considera que, de acuerdo con el Artículo 509 de la Ley Federal del Trabajo, toda empresa, cualquiera que sea su tamaño, tiene la obligación de instalar en la negociación comisiones mixtas de seguridad e higiene. Así toda organización debe tener planes de capacitación y adiestramiento y presentarlos ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Ariadna Cruz
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