La regulación que emitió la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor (PROFECO), en conjunto con el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), contiene los derechos mínimos que debe incluir la Carta de Derechos de los Consumidores, la cual deberá ser difundida de manera permanente en sitios web y puntos de venta de todos los proveedores.
En caso de su incumplimiento, el establecimiento podría ser sancionado con multas desde $617.41 hasta $2, 414,759.14 MXN, en caso graves la clausura total o parcial de puntos de venta. Dicho acuerdo se hizo obligatorio el 7 de julio de 2015.
Dentro del listado de Derechos Mínimos de Consumidores destacan los siguientes:
- Libre contratación, con base en condiciones claras y justas;
- Acceso a la información de los planes existentes;
- Información de pagos y contratación;
- No discriminación en la contratación y en la atención al cliente;
- Derechos en materia de protección de datos personales;
- Consulta gratuita de saldos;
- Derecho a interposición de quejas al servicio.
Debido a esto las dependencias recomiendan a las empresas de telecomunicaciones, que confirmen que las políticas internas proporcionen y garanticen los derechos incluidos en el acuerdo y elaboren una carta correspondiente para ser exhibida en sitios web, puntos de venta y centros de atención a clientes.
Redacción
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