La identidad de una empresa es uno de los elementos de mayor valor pues toda su comercialización está relacionada con ella, en ese sentido la marca tiene especial relevancia pues es la cara ante el consumidor que estimula su fidelidad, por lo que llevar a cabo su registro es importante.
Antes que nada es necesario hacer una diferenciación entre distintos términos. Marca. Es un signo visible mediante el cual se distinguen productos o servicios de otros de su misma especie.
Marca colectiva. Es la marca de una asociación o sociedad de productores, fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios, legalmente constituidos, para distinguir en el mercado los productos o servicios de sus miembros, respecto de los productos o servicios de terceros que no formen parte de esas asociaciones o sociedades.
Aviso comercial. Frase u oración mediante la cual se anuncian establecimientos, productos o servicios para distinguirlos de los demás de su misma especie.
Nombre comercial. Nombre que se adopta para distinguir establecimientos, de otros con su mismo o similar giro. Abarca únicamente la zona geográfica de la clientela efectiva a diferencia de las otras figuras cuya protección es de ámbito nacional, aunque su validez puede extenderse a toda la República si existe difusión masiva y constante.
En este caso, de acuerdo a lo establecido en el artículo 105 de la Ley de la Propiedad Industrial, el nombre comercial de una empresa o establecimiento industrial, comercial o de servicios, y el derecho a su uso exclusivo estarán protegidos, sin necesidad de registro, es decir que basta con solicitar al IMPI la publicación del nombre en la Gaceta.
Al tratarse del registro de marca el trámite tiene que hacerse ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) organismo que entrega al interesado un formato de solicitud, que debe ser llenado, firmado y entregado, en original y tres copias.
Además, de acuerdo a lo establecido en los artículos 113 y 114 de la Ley de la Propiedad Industrial, para obtener el registro de una marca de debe presentar una solicitud por escrito ante el Instituto con los siguientes datos: nombre, nacionalidad y domicilio del solicitante (es importante dar los datos exactos pues a esa dirección se harán llegar notificaciones); signo distintivo de la marca, mencionando si es nominativo, innominado, tridimensional o mixto; fecha de primer uso de la marca; así como especificar los productos o servicios a los que se aplicará la marca.
También debe anexarse el comprobante de pago de las tarifas correspondientes al estudio de la solicitud, registro y expedición del título. El costo por el registro de una marca es de 2 mil 167 más 325 IVA, es decir, un total de 2 mil 493 por marca. Este monto debe ser cubierto en cualquier sucursal del banco ScotiaBank Inverlat, mediante el formato único de ingresos que proporciona el IMPI. En las Entidades Federativas dicho formato es proporcionado por las Delegaciones y Subdelegaciones de la Secretaría de Economía.
En caso de que los requisitos no sean completados en la forma correcta el IMPI se pondrá en contacto con los solicitantes para que dentro de un plazo de dos meses hagan las correcciones necesarias o entreguen los faltantes. Si llegase a cumplirse el plazo máximo de espera sin respuesta del interesado el trámite se da por terminado.
Si se logra conseguir el registro de la marca se entrega un “Título de Registro de Marca” en donde se indican los datos del solicitante, los de su marca y el número de registro.
Cabe destacar que el registro tiene vigencia de diez años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud pero puede renovarse por períodos de la misma duración.
Ariadna Cruz