¿Todavía no facturas electrónicamente? Esto te interesa

Aunque el uso obligatorio de la Factura Electrónica inició el primero de enero de 2011 para los negocios que registran ganancias superiores a los 4 millones de pesos, a la fecha todavía existen dudas sobre el tema, lo cual ha evitado la migración al formato digital a muchos empresarios. Ante dicha situación, Pymemepresario sostuvo una entrevista con Edgardo Martínez, Director Comercial de Aspel de México, para aclarar el panorama.

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Cetesdirecto hace crecer tu dinero rápidamente

¿Buscas opciones para ahorrar e incrementar tu patrimonio? Con el Programa Cetesdirecto ahora puedes hacerlo de la misma forma que los grandes empresarios, invirtiendo desde 100 pesos que te aseguran ganancias, sin comisiones, ni riesgos.

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Presenta Microsip nuevos lineamientos para emitir Facturas Electrónicas

Microsip, compañía especializada en desarrollar sistemas administrativos para las PyMEs, dio a conocer los nuevos mecanismos de comprobación fiscal que aplicará el Sistema de Administración Tributaria (SAT) a partir del 1 de enero de 2011.

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Tramita o renueva tu Fiel

El Servicio de Administración Tributaria obliga a todos los contribuyentes a tramitar su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, no obstante los trámites que requieren este formato se han ido liberando gradualmente de tal forma que los usuarios hagan el cambio poco a poco.

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Nuevas herramientas para presentar sus declaraciones por internet

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya están disponibles en su portal el portal la Declaración Automática y el Declarasat, en donde las personas físicas pueden elaborar y enviar su declaración anual por Internet.

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Declaración Informativa de operaciones con terceros (DIOT) personas físicas

emprendedores3La información de operaciones con terceros es una obligación fiscal prevista en el artículo 32 primer párrafo y fracciones V y VIII de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y la regla I.5.1.5 y I.5.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la cual se debe presentar mensualmente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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