Aunque desde 2004 la factura electrónica fue aprobada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como un esquema de comprobación fiscal, hasta este 2011 entró en vigor de forma obligatoria para los contribuyentes que facturan arriba de 4 millones y el resto tendrá que hacerlo en breve. Pero ahora que este esquema es una realidad, ¿qué debemos esperar de él?
Antes que nada hay que reiterar que la factura electrónica tiene la misma validez que la impresa, ambas sirven para comprobar la realización de una transacción comercial, comprometer la entrega de un bien o servicio y obligar a realizar el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el propio documento.
En el caso de los Comprobantes Fiscales Digitales estos pueden ser enviados o archivados por medios electrónicos, pero también es posible imprimirlos bajo las especificaciones del SAT, en caso de que así se requiera.
Al Igual que en el proceso tradicional, la ley obliga a todos los contribuyentes a conservar las facturas electrónicas por un periodo mínimo de cinco años en el formato original (XML).
Si bien muchas empresas tuvieron que adoptar este sistema obligados por las regulaciones de la autoridad fiscal o por exigencia de sus clientes de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria se han comprobado distintos beneficios relacionados con esta opción tales como una reducción de tiempos y procesos administrativos, rapidez y seguridad en el intercambio de información y agilización en la recepción de mercancía, hechos que pueden traer ahorros incluso superior es al 50% en comparación con el proceso de facturación en papel.
En cuestión de seguridad se dice que a una persona le llevaría años descifrar el código de una llave privada asociada a un certificado de sello digital en comparación con los 30 minutos que le tomaría a un falsificador copiar una firma en papel.
Además de lo anterior debes saber que si apenas vas a adoptar este sistema o adquiriste algún otro pero no emitiste ninguna factura en 2010 ahora será necesario que contrates los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) que te proporcione el servicio de generación, emisión y/o certificación de facturas electrónicas de manera segura y de acuerdo a los lineamientos que estipula la ley.
Si todavía tienes dudas sobre la facturación electrónica puedes acercarte al SAT por medio de la web en www.sat.gob.mx
Ariadna Cruz